POTESTADES, COMPETENCIAS. RESPONSABILIDADES, FUNCIONES, ATRIBUCIONES Y/O TAREAS
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DICIEMBRE
FORMATO RESOLUCIÓN CPLT N°500
FUNCIONES PRIVATIVAS
EJERCER LA ADMINISTRACIóN LOCAL DE LA COMUNA, SATISFACER LAS NECESIDADES DE LA COMUNIDAD LOCAL Y ASEGURAR SU PARTICIPACIóN EN EL PROGRESO ECONóMICO, SOCIAL Y CULTURAL DE LA COMUNA
ARTICULO 1, LEY 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPAIDADES
FUNCIONES PRIVATIVAS
ELABORAR, APROBAR Y MODIFICAR EL PLAN COMUNAL DE DESARROLLO CUYA APLICACIóN DEBERá ARMONIZAR CON LOS PLANES REGIONALES Y NACIONALES
ARTICULO 3, LETRA A) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES PRIVATIVAS
LA PLANIFICACIóN Y REGULACIóN DE LA COMUNA Y LA CONFECCIóN DEL PLAN REGULADOR COMUNAL, DE ACUERDO CON LAS NORMAS LEGALES VIGENTES
ARTICULO 3, LETRA B) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES PRIVATIVAS
LA PROMOCIóN DEL DESARROLLO COMUNITARIO
ARTICULO 3, LETRA C) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADE
FUNCIONES PRIVATIVAS
APLICAR LAS DISPOSICIONES SOBRE TRANSPORTE Y TRáNSITO PúBLICOS, DENTRO DE LA COMUNA, EN LA FORMA QUE DETERMINEN LAS LEYES Y NORMAS TéCNICAS DE CARáCTER GENERAL QUE DICTE EL MINISTERIO RESPECTIVO.
ARTICULO 3, LETRA D) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES PRIVATIVAS
APLICAR LAS DISPOSICIONES SOBRE CONSTRUCCIóN Y URBANIZACIóN, EN LA FORMA QUE DETERMINEN LAS LEYES, SUJETáNDOSE A LAS NORMAS TéCNICAS DE CARáCTER GENERAL QUE DICTE EL MINISTERIO.
ARTICULO 3, LETRA E) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES PRIVATIVAS
EL ASEO Y ORNATO DE LA COMUNA
ARTICULO 3, LETRA F) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES FACULTATIVAS A DESARROLLAR EN EL ÁMBITO DE SU TERRITORIO, DIRECTAMENTE O CON OTROS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
LA EDUCACION Y LA CULTURA
ARTICULO 4, LETRA A) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES FACULTATIVAS A DESARROLLAR EN EL ÁMBITO DE SU TERRITORIO, DIRECTAMENTE O CON OTROS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
LA SALUD PUBLICA Y LA PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE
ARTICULO 4, LETRA B) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES FACULTATIVAS A DESARROLLAR EN EL ÁMBITO DE SU TERRITORIO, DIRECTAMENTE O CON OTROS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
LA ASISTENCIA SOCIAL Y JURIDICA
ARTICULO 4, LETRA C) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES FACULTATIVAS A DESARROLLAR EN EL ÁMBITO DE SU TERRITORIO, DIRECTAMENTE O CON OTROS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
LA CAPACITACION, LA PROMOCION DEL EMPLEO Y EL FOMENTO PRODUCTIVO
ARTICULO 4, LETRA D) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES FACULTATIVAS A DESARROLLAR EN EL ÁMBITO DE SU TERRITORIO, DIRECTAMENTE O CON OTROS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
EL TURISMO, EL DEPORTE Y LA RECREACIÓN
ARTICULO 4, LETRA E) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES FACULTATIVAS A DESARROLLAR EN EL ÁMBITO DE SU TERRITORIO, DIRECTAMENTE O CON OTROS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
LA URBANIZACIÓN Y LA VIALIDAD URBANA Y RURAL
ARTICULO 4, LETRA F) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES FACULTATIVAS A DESARROLLAR EN EL ÁMBITO DE SU TERRITORIO, DIRECTAMENTE O CON OTROS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURAS SANITARIAS
ARTICULO 4, LETRA G) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES FACULTATIVAS A DESARROLLAR EN EL ÁMBITO DE SU TERRITORIO, DIRECTAMENTE O CON OTROS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
EL TRANSPORTE Y TRANSITO PUBLICO
ARTICULO 4, LETRA H) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES FACULTATIVAS A DESARROLLAR EN EL ÁMBITO DE SU TERRITORIO, DIRECTAMENTE O CON OTROS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
LA PREVENCIÓN DE RIESGOS Y LA PRESTACIÓN DE AUXILIO EN SITUACIONES DE LA EMERGENCIA Y CATASTROFES
ARTICULO 4, LETRA I) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES FACULTATIVAS A DESARROLLAR EN EL ÁMBITO DE SU TERRITORIO, DIRECTAMENTE O CON OTROS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
EL DESARROLLO, IMPLEMENTACIÓN, EVALUACIÓN, PROMOCIÓN, CAPACITACIÓN Y APOYO DE ACCIONES DE PREVENCIÓN SOCIAL Y SITUACIONAL, LA CELEBRACIÓN DE CONVENIOS CON OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS PARA LA APLICACIÓN DE PLANES DE REINSERCIÓN SOCIAL Y DE ASISTENCIA A VÍCTIMAS, ASÍ COMO TAMBIÉN LA ADOPCIÓN DE MEDIDAS EN EL ÁMBITO DE LA SEGURIDAD PÚBLICA A NIVEL COMUNAL, SIN PERJUICIO DE LAS FUNCIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA Y DE LAS FUERZAS DE ORDEN Y SEGURIDAD;
ARTICULO 4, LETRA J) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES FACULTATIVAS A DESARROLLAR EN EL ÁMBITO DE SU TERRITORIO, DIRECTAMENTE O CON OTROS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE HOMBRES Y MUJERES
ARTICULO 4, LETRA K) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES FACULTATIVAS A DESARROLLAR EN EL ÁMBITO DE SU TERRITORIO, DIRECTAMENTE O CON OTROS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
EL DESARROLLO DE ACTIVIDADES DE INTERéS COMúN EN EL AMBITO LOCAL
ARTICULO 4, LETRA L) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
FUNCIONES FACULTATIVAS A DESARROLLAR EN EL ÁMBITO DE SU TERRITORIO, DIRECTAMENTE O CON OTROS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
LA PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, LA PREVENCIÓN DE VULNERACIONES DE DERECHOS Y LA PROTECCIÓN GENERAL DE LOS MISMOS.
ARTICULO 4, LETRA M) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
ATRIBUCIONES ESENCIALES
EJECUTAR EL PLAN COMUNAL DE DESARROLLO Y LOS PROGRAMAS NECESARIOS PARA SU CUMPLIMIENTO
ART. 5, LETRA A) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
ATRIBUCIONES ESENCIALES
ELABORAR, APROBAR, MODIFICAR Y EJECUTAR EL PRESUPUESTO MUNICIPAL.
ART. 5, LETRA B) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
ATRIBUCIONES ESENCIALES
ADMINISTRAR LOS BIENES MUNICIPALES Y NACIONALES DE USO PÚBLICO, INCLUIDO SU SUBSUELO, EXISTENTES EN LA COMUNA, SALVO QUE, EN ATENCIóN A SU NATURALEZA O FINES Y DE CONFORMIDAD A LA LEY, LA ADMINISTRACIÓN DE ESTOS ÚLTIMOS CORRESPONDA A OTROS ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
ART. 5, LETRA C) LEY 18.695; ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
ATRIBUCIONES ESENCIALES
DICTAR RESOLUCIONES OBLIGATORIAS CON CARáCTER GENERAL O PARTICULAR
ART.5 LETRA D) LEY 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
ATRIBUCIONES ESENCIALES
ESTABLECER DERECHOS POR LOS SERVICIOS QUE PRESTEN Y POR LOS PERMISOS Y CONCESIONES QUE OTORGUEN
ART.5 LETRA E) LEY 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
ATRIBUCIONES ESENCIALES
ADQUIRIR Y ENAJENAR BIENES MUEBLES E INMUEBLES
ART.5 LETRA F) LEY 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
ATRIBUCIONES ESENCIALES
OTORGAR SUBVENCIONES Y APORTES PARA FINES ESPECíFICOS A PERSONAS JURíDICAS DE CARáCTER PúBLICO O PRIVADO, SIN FINES DE LUCRO, QUE COLABOREN DIRECTAMENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES.
ART.5 LETRA G) LEY 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
ATRIBUCIONES ESENCIALES
APLICAR TRIBUTOS QUE GRAVEN ACTIVIDADES O BIENES QUE TENGAN UNA CLARA IDENTIFICACIóN LOCAL Y ESTéN DESTINADOS A OBRAS DE DESARROLLO COMUNAL, PARA CUYO EFECTO LAS AUTORIDADES COMUNALES DEBERáN ACTUAR DENTRO DE LAS NORMAS QUE LA LEY ESTABLEZCA.
ART.5 LETRA H) LEY 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
ATRIBUCIONES ESENCIALES
CONSTITUIR CORPORACIONES O FUNDACIONES DE DERECHO PRIVADO, SIN FINES DE LUCRO, DESTINADAS A LA PROMOCIóN Y DIFUSIóN DEL ARTE Y LA CULTURA. LA PARTICIPACIóN MUNICIPAL EN ESTAS CORPORACIONES SE REGIRá POR LAS NORMAS ESTABLECIDAS.
ART.5 LETRA I) LEY 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES

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